El IVA se mantiene en 15 % para 2026
¿Por qué el SRI emitió una nueva circular sobre el IVA?
Mediante la Circular No. NAC-DGECCGC25-00000006, el Servicio de Rentas Internas (SRI) precisó y reiteró que la tarifa general del Impuesto al Valor Agregado (IVA) vigente en el país es del 15 %, la cual se mantendría aplicable durante el año 2026, mientras no sea modificada expresamente mediante decreto ejecutivo del Presidente de la República, conforme al marco constitucional, legal y reglamentario que rige el sistema tributario ecuatoriano.
¿Cuál es el sustento legal para mantener la tarifa del 15 %?
El documento recuerda que la Constitución del Ecuador establece como deber ciudadano el pago de los tributos conforme a la ley y que el régimen tributario debe regirse por principios como generalidad, eficiencia, transparencia y suficiencia recaudatoria. Asimismo, el Código Tributario dispone que únicamente mediante acto legislativo o decreto ejecutivo se pueden modificar los tributos, garantizando el principio de legalidad y la no retroactividad en perjuicio de los contribuyentes.
En este marco, la Ley de Régimen Tributario Interno fija una tarifa base del IVA del 13 %, pero faculta al Presidente de la República a modificarla hasta un máximo del 15 %, previo dictamen favorable del Ministerio de Economía y Finanzas. Precisamente, mediante el Decreto Ejecutivo 470, publicado en diciembre de 2024, se dispuso a mantener la tarifa del IVA en el 15 % durante todo el año 2025, considerando las condiciones de las finanzas públicas y la balanza de pagos del país.
¿Qué ocurre si no existe un nuevo decreto que modifique la tarifa?
La circular enfatiza que, de acuerdo con el Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno, si no existe una nueva modificación de la tarifa general del IVA, se mantendrá vigente la última establecida legalmente. En consecuencia, mientras el Presidente de la República no emita un nuevo decreto ejecutivo que disponga un cambio, la tarifa aplicable continúa siendo del 15 %.
¿Qué controles aplicará el SRI a los contribuyentes?
Finalmente, el SRI advierte que ejercerá sus facultades de control para verificar la correcta aplicación de la tarifa del IVA conforme a lo señalado en la circular. Esto implica que los sujetos pasivos deben asegurarse de facturar y declarar el impuesto con la tarifa vigente, ya que el incumplimiento podría derivar en sanciones administrativas, intereses y multas establecidas en la normativa tributaria.
Descargue el documento completo en el siguiente enlace: Circular No. NAC-DGECCGC25-00000006
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