Ley para el fortalecimiento de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional
¿Qué busca la nueva ley aprobada por el Ejecutivo y la Asamblea Nacional?
El 23 de octubre de 2025, la Asamblea Nacional del Ecuador aprobó la “Ley para el Fortalecimiento de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional”. Esta fue publicada oficialmente el 24 de octubre. La ley establece un régimen económico que permite a los contribuyentes realizar donaciones en bienes muebles, inmuebles, equipamiento o suministros nuevos a favor de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional. A cambio, podrán acceder a una rebaja del impuesto a la renta causado. Todo con un límite del 30% del valor del impuesto, sin derecho a devolución.
¿Cómo funcionarán los incentivos tributarios para los contribuyentes?
Uno de los pilares de esta ley es la posibilidad de que los contribuyentes realicen donaciones en bienes muebles, inmuebles, equipamiento o suministros nuevos a favor de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas. A cambio, podrán acceder a una rebaja del impuesto a la renta causado. Sin embargo, el límite es del 30% del valor del impuesto, sin derecho a devolución.
Las donaciones deben cumplir con requisitos específicos: los bienes deben ser nuevos y estar en condiciones óptimas para su uso, y no se aceptarán productos perecibles. Además, se establecerá un catálogo oficial de necesidades por parte de las fuerzas del orden, y el Servicio de Rentas Internas (SRI) emitirá la normativa secundaria para regular el tratamiento y control del crédito tributario.
¿Qué cambios legales introduce esta normativa?
La ley incluye reformas a la Ley de Régimen Tributario Interno, derogando disposiciones contrarias y agregando artículos que regulan el beneficio tributario por donaciones. También establece que el beneficio será aplicable desde el ejercicio fiscal 2025, a partir del día siguiente a su publicación.
Descargue el documento completo en el siguiente enlace: Ley para el fortalecimiento de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional
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