Nuevos plazos para la presentación del Formulario Informativo de Actividades Mineras
Cambios en la normativa tributaria para el sector minero
Mediante la Resolución NAC-DGERCGC26-00000001, emitida el 09 de enero de 2026, el Servicio de Rentas Internas (SRI) dispuso la modificación de los plazos y condiciones para la presentación del Formulario Informativo Actividades Mineras. Esta medida busca optimizar el sistema de entrega y recepción fiscal, garantizando mayor eficiencia en el control tributario de las actividades mineras en el país.
¿Qué establece la nueva obligación para los sujetos mineros?
La resolución reforma disposiciones anteriores, particularmente la Resolución NAC-DGERCGC25-00000004, publicada en febrero de 2025, que establecía la obligación de presentar información sobre producción y comercialización de minerales. Con esta actualización, se introduce un calendario mensual para la presentación del formulario, incluso en los casos en que no se hayan realizado actividades mineras durante el período correspondiente.
Los contribuyentes que realizan actividades mineras deberán presentar el formulario de manera mensual, atendiendo al noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC) dentro de los plazos que se establecen a continuación:
¿Cómo se aplicará el calendario de presentación?
La resolución incluye un cronograma especial para regularizar la información correspondiente a los ejercicios fiscales 2022, 2023, 2024 y 2025. Las fechas de entrega se distribuyen entre febrero y mayo de 2026, dependiendo del noveno dígito del RUC.
¿Por qué se implementa esta reforma?
El SRI argumenta que la modificación responde a la necesidad de optimizar los procesos fiscales y garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias en el sector minero, que incluye actividades de comercialización, exportación y producción de minerales metálicos y no metálicos. La medida también busca fortalecer la transparencia y el control estadístico de estas operaciones, en concordancia con la Ley de Minería y el Código Tributario.
Descargue el documento completo en el siguiente enlace: Resolución NAC-DGERCGC26-00000001
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