Sanciones a empleadores por incumplimientos laborales
¿Cuáles son las sanciones contempladas en el Acuerdo Ministerial MDT-2023-140?
El Acuerdo Ministerial MDT-2023-140, emitido por el Ministerio del Trabajo del Ecuador el 14 de noviembre de 2023, continúa siendo una de las principales referencias normativas para el control del cumplimiento de las obligaciones patronales. A partir del Capítulo II, este instrumento detalla las sanciones especiales aplicables a los empleadores públicos y privados que incumplen disposiciones laborales previstas en el Código del Trabajo. Las infracciones están sujetas a multas económicas proporcionales al tipo de falta y al número de trabajadores de la empresa.
En la siguiente tabla se resumen las principales infracciones y sus respectivas sanciones, conforme lo establece el Ministerio del Trabajo.
¿Puede un empleador acumular varias multas?
De acuerdo con el artículo 37, los empleadores pueden acumular múltiples sanciones si incurren en diferentes incumplimientos. Sin embargo, el monto total de las multas no podrá superar los 20 salarios básicos unificados, conforme al Mandato Constituyente N.º 8. Esta limitación busca mantener la proporcionalidad entre la falta cometida y la capacidad económica del infractor.
¿Qué ocurre si un empleador reincide en la misma infracción?
El artículo 38 regula los casos de reincidencia, estableciendo que, si una empresa repite la misma infracción en dos procesos de inspección distintos —con una diferencia de al menos 30 días y máximo un año calendario—, la multa podrá duplicarse respecto de la sanción inicial. Esta medida refuerza la intención del Ministerio del Trabajo de prevenir el incumplimiento reiterado de las normas laborales.
¿El pago de la multa libera al empleador de su obligación?
El artículo 39 es claro: el pago de la multa no exime al empleador de cumplir la obligación infringida. En otras palabras, si una empresa paga la sanción por no registrar las utilidades o el contrato de un trabajador, deberá igualmente regularizar el trámite pendiente ante el Ministerio del Trabajo. Esta disposición reafirma el principio de corrección y cumplimiento efectivo de las normas laborales.
¿Qué otras disposiciones complementan la aplicación de sanciones?
Las Disposiciones Generales del acuerdo establecen que, si una falta no está expresamente tipificada en el documento, se aplicarán las sanciones previstas en la normativa laboral correspondiente, particularmente en el Código del Trabajo. Además, el Ministerio del Trabajo está obligado a resguardar la confidencialidad de toda la información recabada en sus plataformas informáticas, limitando su uso a fines estadísticos y de control institucional.
Descargue el documento completo en el siguiente enlace: Acuerdo Ministerial MDT-2023-140.
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