Estimados clientes y amigos,
A través del Decreto Legislativo Nro. 1634 se ha establecido un Fraccionamiento Especial para deudas tributarias administradas por la SUNAT y que constituyan ingresos del Tesoro Público.
¿Cuáles son algunas ventajas de esta normativa?
Pueden acogerse las deudas por impuesto a la renta, IGV, ISC, impuesto de promoción municipal, impuesto especial a la minería, derechos arancelarios, entre otros, exigibles hasta el 31 de diciembre de 2023.
Los sujetos acogidos al Fraccionamiento Especial accederán a un bono de descuento que se aplicara sobre los intereses, actualizaciones e intereses capitalizados, así como sobre las multas y sus respectivos intereses, actualizaciones e intereses capitalizados dependiendo de la modalidad de pago elegida.
¿Cuáles son los requisitos para acogerse a este beneficio?
El deudor podrá acogerse al Fraccionamiento Especial hasta el 20 de diciembre de 2024 para lo cual deberá los valores emitidos por la SUNAT por las cuales solicita el acogimiento. El acogimiento deberá efectuarse respecto del total de la deuda en el respectivo valor.
La SUNAT debe resolver las solicitudes de acogimiento al Fraccionamiento Especial en el plazo de 45 días hábiles contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud.
Te invitamos a descargar el documento completo en el siguiente enlace Decreto Legislativo Nro. 1634
Nota: El presente boletín es “informativo”, por lo que no es, ni podrá, ser usado como asesoría, consultoría u opinión legal. Si requieres la asesoría de BPONE THE BEST PROFESSIONAL OUTSOURCING, comunícate con nosotros al correo electrónico: info@bp-one.com o escríbenos al WhatsApp: +593 98 226 6961.
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