Mediante el Acuerdo Ministerial No. MDT-2017-0195 firmado el 27 de diciembre del 2017 por el Ministro de Trabajo en Ecuador, se establece el incremento salarial de USD 11 al Salario Básico Unificado (SBU) vigente en el ejercicio 2017 por USD 375; por lo que el nuevo SBU es de USD 386 mensuales aplicable desde el 1 de enero del 2018 para el trabajador en general, incluidos los trabajadores de maquila, trabajadora o trabajador remunerado del hogar, operarios de artesanía y colaboradores de la microempresa.
En este sentido, los empleadores deberán considerar como base de cálculo el nuevo SBU, principalmente en los siguientes aspectos:
- La provisión financiera relacionada con el pago de la décima cuarta remuneración conforme lo indica el Art. 113 del Código de Trabajo (CT), equivalente a un (1) SBU para los trabajadores en general, pagadero hasta el 15 de marzo en las regiones de la Costa e Insular; y, hasta el 15 de agosto en las regiones de la Sierra y Amazonía.
- El pago de multas que hacen referencia al SBU.
- Incremento de costos atados al SBU tales como: pensiones alimenticias, multas municipales, multasde tránsito, gastos judiciales, indemnizaciones, entre otros.
Así mismo, usted puede descargar el mencionado Acuerdo en el siguiente link:
Esperamos que esta información sea de su utilidad y cualquier inquietud, nos encontramos a su disposición.
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