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Mediante el Decreto Ejecutivo No. 310, firmado el 31 de enero del 2018, el Presidente de la República amplió por noventa (90) días, el plazo para el cumplimiento de la obligación de los extranjeros de contar con un seguro de salud por el tiempo de su estadía en el Ecuador.

En consecuencia, esta obligación estará vigente a partir del 1ero de mayo de 2018. El mencionado Decreto es aplicable por igual a residentes temporales y permanentes, así como también a visitantes temporales.

Adicionalmente, es importante señalar que entre las obligaciones de los extranjeros, según lo establecido en la Ley de Orgánica de Movilidad Humana, está el contar con un seguro de salud público o privado por el tiempo de su estadía en el Ecuador (excepto para personas en necesidad de protección internacional). En este sentido, el Reglamento a la Ley dispuso un plazo de ciento ochenta (180) días para el cumplimiento de esta obligación, contados desde la expedición de dicho reglamento; plazo que se cumplió el 6 de febrero del 2018.

El mencionado Decreto Ejecutivo se encuentra publicado en el siguiente link.