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Obligaciones Societarias, Tributarias y Laborales Mayo 2026

 

Les recordamos las obligaciones que se deben cumplir en Ecuador en mayo 2026: 

Obligaciones Societarias:

  • Informe de Auditoría Externa: Hasta el 30 de mayo del 2026, las sociedades bajo control de la SCVS que se encuentren obligados a reportar a la UAFE deberán presentar el informe de auditoría externa sobre el cumplimiento de políticas, procedimientos y mecanismos implementados para la prevención de lavado de activos, el financiamiento del terrorismo y otros delitos.

 

Obligaciones Tributarias:

  • Presentación de la Declaración Patrimonial de Personas Naturales: Las personas naturales, nacionales y extranjeras, residentes en el Ecuador con un patrimonio neto (activos menos pasivos) superior a USD 223,000, deben presentar ante el SRI la declaración patrimonial con corte al 1 de enero del 2026.
  • Presentación del Anexo de Dividendos (ADI): Las compañías nacionales o extranjeras con residencia o establecimiento en Ecuador, así como los individuos residentes en el país que distribuyeron o recibieron dividendos entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, están obligados a presentar ante el SRI el ADI según.
  • Pago Municipal del Impuesto Predial Urbano: Hasta el 15 de mayo del 2026, las personas naturales y sociedades propietarias de predios ubicados dentro de los límites de las zonas urbanas, deben pagar el impuesto predial urbano a la respectiva municipalidad de la jurisdicción donde se encuentra ubicado el predio correspondiente al ejercicio 2025. Los contribuyentes que paguen este impuesto dentro de la primera quincena de mayo tendrán un descuento del 3%. Los pagos efectuados dentro de la segunda quincena de mayo tendrán un descuento del 2%.
  • Pago del Impuesto del 1.5 por Mil sobre los Activos: Hasta treinta (30) días después de la fecha límite para la declaración del impuesto a la renta de sociedades, las sociedades nacionales o extranjeras, domiciliadas o con establecimiento en la respectiva jurisdicción municipal, deberán pagar ante la municipalidad en donde mantenga su domicilio o sucursal, el impuesto del 1.5 por mil sobre los activos totales del ejercicio 2025. Para efectos del cálculo de la base imponible de este impuesto, se podrán deducir las obligaciones de hasta un año plazo y los pasivos contingentes.
  • Pago de Impuestos a los Vehículos Motorizados (IVM): Hasta el 31 de mayo del 2026, los propietarios de vehículos de uso particular, cuyo último dígito de placa sea 4, deberán efectuar el pago del IVM ante las instituciones financieras autorizadas por el SRI.
  • Presentación del Anexo de Cuentas Financieras de no Residentes (CRS): Entre el 10 y el 28 de mayo según el noveno dígito del RUC las instituciones de custodia, de depósito, de inversión incluidos los fideicomisos, y las compañías de seguros que se encuentren obligados a la implementación efectiva del “Estándar Común de Comunicación de Información y Debida Diligencia”, deberán presentar ante el SRI, el Anexo CRS respecto al período comprendido entre el 1ero. de enero al 31 de diciembre del 2025. Las cajas de ahorro, cajas y bancos comunales no están obligadas a presentar el Anexo CRS. 
  • Calendario Tributario: Los contribuyentes especiales deberán presentar sus declaraciones tributarias hasta el 11 de mayo del 2026.  Si el día de la declaración vence en fin de semana o feriado, la declaración se podrá realizar el siguiente día hábil, siempre que se mantenga dentro del mismo mes, caso contrario la fecha de vencimiento deberá adelantarse al último día hábil del mes de vencimiento. El calendario tributario para las declaraciones de impuestos de este mes es como sigue:

 

 

Obligaciones laborales:

  • Registro del pago de utilidades: A partir del 20 de abril, los empleadores deberán registrar ante el Ministerio del Trabajo (MDT), conforme al noveno dígito del RUC, el pago de las utilidades a favor de los trabajadores en relación de dependencia.

 

  • Registro del Pago de la Decimocuarta Remuneración a Trabajadores de la Región Costa e Insular: Hasta el 21 de mayo del 2026, los empleadores cuyo noveno dígito del RUC o cédula de ciudadanía sea 6,7,8,9, y 0 deberán registrar el pago de la decimocuarta remuneración mediante el sistema de salarios en línea del Ministerio de Trabajo según el siguiente cronograma:

 

 

 

¡Cumple tus obligaciones y evita multas!

 

 

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