Reducción del IVA al 8% para impulsar el turismo durante el feriado de mayo
¿Cuándo aplica la reducción del IVA al 8% para servicios turísticos?
Mediante el Decreto Ejecutivo No. 368, el Presidente de la República del Ecuador dispuso la reducción temporal de la tarifa general del Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 13% al 8% para los servicios vinculados con actividades turísticas. La medida se aplicará durante cuatro días específicos: jueves 30 de abril, viernes 1, sábado 2 y domingo 3 de mayo de 2026, coincidiendo con el feriado nacional por el Día del Trabajador, celebrado el 1 de mayo.
¿Qué servicios turísticos se beneficiarán con la tarifa reducida?
La reducción del IVA al 8% aplicará exclusivamente a los servicios considerados como actividades turísticas, conforme al artículo 5 de la Ley de Turismo. Entre estos se incluyen alojamiento, alimentos y bebidas, entretenimiento, agenciamiento turístico, transporte turístico, organización de eventos y congresos, guianza turística, centros de turismo comunitario, parques temáticos, balnearios, termas y centros de recreación turística.
Para acceder a este beneficio, los establecimientos deberán contar con el Registro de Turismo y la Licencia Única Anual de Funcionamiento vigentes, y estarán obligados a emitir los comprobantes de venta aplicando la tarifa reducida únicamente durante los días señalados en el decreto.
¿Cuál es el objetivo económico de esta medida?
Según lo expuesto en el documento oficial, la aplicación temporal de una tarifa reducida del IVA constituye una medida extraordinaria de dinamización económica. El objetivo principal es incentivar el consumo interno, fortalecer la reactivación del sector turístico —uno de los más golpeados en los últimos años— y promover la generación de ingresos fiscales a través de una mayor actividad económica formal.
El Gobierno apuesta a que la reducción de impuestos motive a ciudadanos y visitantes a viajar dentro del país durante el feriado, incrementando la demanda de servicios turísticos y beneficiando especialmente a las economías locales.
¿Quiénes serán los responsables de la implementación y control?
El Decreto Ejecutivo dispone que el Servicio de Rentas Internas (SRI) adopte las acciones necesarias para la correcta implementación de la medida, en coordinación con el Ministerio de Producción, Comercio Exterior e Inversiones. Estas entidades deberán garantizar que la reducción del IVA se aplique conforme a la normativa vigente y únicamente a los servicios que califican como actividades turísticas.
Descargue el documento completo en el siguiente enlace: Decreto Ejecutivo No. 368
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