Obligaciones Societarias, Tributarias y Laborales de diciembre 2025
Les recordamos las obligaciones societarias, tributarias y laborales de diciembre 2025:
Obligaciones Societarias:
- Pago del 50% de la contribución a la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (SCVS): Hasta el 31 de diciembre, las empresas que hayan abonado al menos el 50% de su contribución hasta el 30 de septiembre de 2025 deben efectuar el pago del 50% restante ante la SCVS.
- Certificado de existencia legal que deben entregar sociedades extranjeras: Hasta el 31 de diciembre, las sociedades extranjeras que sean socias o accionistas de una compañía anónima o de responsabilidad limitada local deben presentar a esta última el certificado de existencia legal emitido por la autoridad competente de su país de origen. Asimismo, deben adjuntar la lista de accionistas, socios o miembros, la cual debe estar debidamente suscrita y certificada por un notario público. Es importante que estos documentos cuenten con la apostilla o autenticación correspondiente ante el Cónsul ecuatoriano.
Obligaciones Tributarias:
- Pérdida por baja de inventario: Hasta el 29 de diciembre, es posible realizar las declaraciones juramentadas ante un Notario o Juez que respalden las pérdidas originadas por la disminución del inventario. Estas declaraciones permitirán que dichas pérdidas sean reconocidas como gastos deducibles de la base imponible del impuesto a la renta correspondiente al ejercicio fiscal de 2025.
- Impuesto predial urbano: Hasta el 31 de diciembre, se requiere abonar el impuesto predial urbano en la municipalidad correspondiente al lugar de ubicación del bien, con una sobretasa del 10%. Después de finalizado el año fiscal, se aplicarán los recargos por demora.
- Pago de Impuestos a los Vehículos Motorizados (IVM): Hasta el 31 de diciembre, los dueños de vehículos de uso privado, sin importar el último dígito de la matrícula, deben abonar IVM con un recargo por pago fuera de plazo en cualquiera de las entidades financieras autorizadas por el Servicio de Rentas Internas (SRI).
- Calendario tributario: Los contribuyentes especiales deberán presentar sus declaraciones tributarias hasta el 11 de diciembre del 2025. Si el día de la declaración vence en fin de semana o feriado, la declaración se podrá realizar el siguiente día hábil, siempre que se mantenga dentro del mismo mes, caso contrario la fecha de vencimiento deberá adelantarse al último día hábil del mes de vencimiento. El calendario tributario para las declaraciones de impuestos y anexos de este mes es como sigue:
Obligaciones Laborales:
- Pago de la decimotercera remuneración: Hasta el 31 de diciembre, se deberá efectuar el pago de la decimotercera remuneración a los empleados en relación de dependencia que hayan solicitado su acumulación.
- Compensación económica para el salario digno: Hasta el 31 de diciembre, los empleadores que no hayan abonado a sus empleados, durante el año 2025 una cantidad igual o superior al salario digno mensual, están obligados a calcular y pagar la compensación económica correspondiente al salario digno.
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