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Requisitos Anuales para Accionistas Extranjeros ante la SCVS

 

¿Por qué los accionistas extranjeros deben presentar documentación anual en Ecuador?

En Ecuador, las empresas que cuentan con accionistas extranjeros están sujetas a obligaciones formales específicas exigidas por la normativa societaria y tributaria nacional. En Ecuador, los requisitos anuales para accionistas extranjeros son vitales de seguir. Estas obligaciones buscan asegurar la transparencia, actualización y trazabilidad de la información corporativa, especialmente cuando las participaciones societarias pertenecen a personas naturales o jurídicas radicadas fuera del país.

La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (SCVS), junto con el Servicio de Rentas Internas (SRI), exige que las compañías mantengan actualizados los datos de sus accionistas extranjeros con el fin de verificar la estructura societaria, identificar beneficiarios finales y garantizar el cumplimiento de las disposiciones legales vigentes. Esta actualización anual evita sanciones, asegura la vigencia legal de la empresa y facilita la gestión de trámites corporativos.

 

¿Qué documentación deben presentar los accionistas extranjeros?

Cada año, los accionistas extranjeros deben remitir a la empresa ecuatoriana ciertos documentos que varían según si son personas naturales o jurídicas. Entre los documentos más comúnmente requeridos se encuentran:

  • Copia actualizada del pasaporte (para personas naturales).
  • Certificado de existencia legal o registro corporativo del país de origen (para personas jurídicas).
  • Nombramiento vigente del representante legal de la entidad extranjera, si corresponde.
  • Documento que acredite la participación accionaria, debidamente legalizado o apostillado.
  • Identificación del beneficiario final, según los estándares internacionales de prevención de lavado de activos.

En muchos casos, estos documentos deben contar con apostilla o legalización consular para ser válidos en Ecuador. Caber recordar que las autoridades ecuatorianas exigen que esta documentación esté actualizada cada año, incluso si no ha existido un cambio en la propiedad accionaria.

 

¿Cuál es el plazo para la entrega y qué ocurre si no se presenta la información?

Generalmente, la actualización de la información societaria debe realizarse hasta el 31 de enero. No obstante, cada empresa define internamente fechas límite para recopilar la documentación de sus accionistas extranjeros, a fin de presentarla oportunamente ante las autoridades correspondientes.

El incumplimiento de esta obligación puede generar:

  • Multas por parte de la SCVS,
  • Imposibilidad de inscribir actos societarios,
  • Observaciones o bloqueos para procesos de control,
  • Riesgos reputacionales y operativos para la compañía.

Por ello, es fundamental que los accionistas extranjeros remitan su documentación con anticipación.

 


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