Obligaciones Societarias, Tributarias y Laborales Julio 2025
Les recordamos las obligaciones societarias, tributarias y laborales de JULIO 2025
Obligaciones societarias:
- Reportar información sobre ventas a crédito: Hasta el 10 de julio del 2025, las compañías sujetas al control y vigilancia de la Superintendencia de Compañías Valores y Seguros (SCVS), que dentro de sus actividades realicen este tipo de operaciones, con o sin intereses deberán transferir la información sobre ventas a crédito al Registro de Datos Crediticios que forman parte del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos.
Obligaciones tributarias:
- Declaración y Pago del Impuesto a la Salida de Divisas en Exportaciones de Bienes y Servicios (ISD Presuntivo): En este mes, los sujetos pasivos del ISD que no retornen al país las divisas generadas en exportaciones de bienes y servicios, deberán declarar y pagar un ISD presuntivo de manera acumulativa anual mediante el Formulario 109, en el evento de que las divisas generadas en las exportaciones no retornen al país dentro de los seis (6) meses posteriores al arribo de la mercadería al puerto de destino o al inicio de la prestación del servicio. Los contribuyentes especiales deberán presentar esta declaración hasta el 11 de julio y los demás contribuyentes deberán presentarla de acuerdo con su noveno dígito del RUC.
- Presentación Electrónica del Informe de Cumplimiento Tributario (ICT) del Ejercicio 2024: Los contribuyentes auditados, deberán presentar el Informe de Cumplimiento Tributario del Ejercicio 2023 únicamente a través de la página web institucional en el portal transaccional SRI en Línea. El ICT, se debe presentar entre el 10 y 28 de julio de 2025, según el noveno dígito del RUC. Debemos mencionar que al tratarse de documentos electrónicos los que se van a presentar a la administración tributaria a través del portal SRI en línea, la firma electrónica es la que certifica la validez de los mismos, por lo que, se requiere que los documentos sean firmados electrónicamente.
- Declaración Semestral de IVA por parte de los Contribuyentes Régimen RIMPE: Los contribuyentes sujetos al RIMPE denominados como Emprendedores, deben presentar ante el Servicio de Rentas Internas (SRI), entre el 10 y 28 de julio, según el noveno dígito del RUC la declaración de IVA correspondiente al primer semestre del ejercicio fiscal 2025 (enero a junio).
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Pago municipal del impuesto a los predios urbanos: Desde el 1 de julio se deberá pagar ante la municipalidad donde se encuentre ubicado el bien inmueble, el impuesto predial urbano por el año 2025 con un recargo del 10% sobre el valor del impuesto causado.
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Pago de patente Municipal: A partir del 10 de julio de 2025, las personas naturales que ejercen actividades económicas en el Distrito Metropolitano de Quito y no están obligadas a llevar contabilidad deben pagar una tarifa fija de USD 15 por la patente municipal. Este pago puede realizarse hasta el 31 de diciembre de 2025.
- Pago de Impuestos a los Vehículos Motorizados (IVM): Hasta el 31 de julio, los propietarios de vehículos de uso particular, cuyo último dígito de placa sea 6, deberán efectuar el pago del IVM ante las instituciones financieras autorizadas por el SRI.
- Calendario tributario: Los contribuyentes especiales deberán presentar sus declaraciones tributarias hasta el 11 de julio del 2025. Si el día de la declaración vence en fin de semana o feriado, la declaración se podrá realizar el siguiente día hábil, siempre que se mantenga dentro del mismo mes, caso contrario la fecha de vencimiento deberá adelantarse al último día hábil del mes de vencimiento. El calendario tributario para las declaraciones de impuestos de este mes es como sigue:
Obligaciones laborales:
- Plan de igualdad: Hasta el 31 de julio de 2025, todas las empresas que cuenten con una nómina de 50 o más trabajadores deberán registrar su Plan de Igualdad ante el Ministerio del Trabajo.
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