Obligaciones Societarias, Tributarias y Laborales Febrero 2025
Les recordamos las obligaciones a cumplir en febrero 2025:
Obligaciones Societarias:
- Reporte de socios o accionistas extranjeros de sociedades locales: Las compañías ecuatorianas que tengan como socios o accionistas a sociedades extranjeras deberán remitir a través del portal web de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (SCVS), la información de las sociedades extranjeras esto se lo debe realizar hasta el 31 de enero o dentro de los primeros cinco días de febrero de cada año.
Obligaciones Tributarias:
- Presentación ante el Servicio de Rentas Internas (SRI) de la declaración del Impuesto a la Renta: Desde el 1 de febrero, las personas naturales, sucesiones indivisas y compañías tienen la posibilidad de presentar ante el Servicio de Rentas Internas (SRI) la declaración del Impuesto a la Renta correspondiente al ejercicio fiscal 2024.
- Anexo Relación de Dependencia – RDEP: Los empleadores deberán presentar la información relativa a las retenciones en la fuente del Impuesto a la Renta de ingresos del trabajo bajo relación de dependencia, realizadas por ellos en el período comprendido entre el 1 de enero y 31 de diciembre de cada año. Esta información será presentada incluso en aquellos casos en los que no se haya generado retención. La presentación del Anexo RDEP deberá alinearse con una nueva estructura de plazos, conforme el siguiente cuadro:
- Anexo de gastos personales: Las personas naturales que durante el año al que corresponde la declaración tuvieron ingresos superiores a la base imponible desgravada e hicieron uso de gastos personales, deben presentar el Anexo de Gastos Personales según el noveno dígito de su número de cédula o RUC.
- Proyección de gastos personales: Los contribuyentes en relación de dependencia pueden presentar a sus empleadores la proyección de los gastos personales en que incurrirán durante el año en curso para establecer la rebaja en su impuesto a la renta.
- Reporte de beneficiarios finales y de composición societaria (REBEFICS): Las sociedades, sucursales extranjeras y fideicomisos, a través de sus representantes legales, así como otras estructuras y personas jurídicas, deben informar al Servicio de Rentas Internas (SRI) conforme al noveno dígito de su RUC la identificación de los titulares, número de identificación fiscal, tipo de persona, país de residencia, régimen fiscal, porcentaje de participación y su relación con el sujeto obligado.
- Pago del impuesto predial urbano: A partir de 01 al 15 de febrero, aquellos que deseen obtener un descuento del 8% deben realizar el pago ante la municipalidad correspondiente al lugar donde se ubique la propiedad, correspondiente al impuesto predial urbano del año 2025, y, en caso de que se realice el pago a partir del 16 al 28 de febrero obtendrá un descuento del 7%.
- Pago de Impuesto a los Vehículos Motorizados (IVM): Hasta el 28 de febrero, los automóviles de uso personal con el último dígito de la placa igual a 1 deben realizar el pago del Impuesto a la Circulación Vehicular (IVM) en cualquiera de las entidades financieras autorizadas por el Servicio de Rentas Internas (SRI).
- Calendario tributario: Los contribuyentes especiales deberán presentar sus declaraciones tributarias hasta el 11 de febrero del 2025. Si el día de la declaración vence en fin de semana o feriado, la declaración se podrá realizar el siguiente día hábil, siempre que se mantenga dentro del mismo mes, caso contrario la fecha de vencimiento deberá adelantarse al último día hábil del mes de vencimiento. El calendario tributario para las declaraciones de impuestos de este mes es como sigue:
Obligaciones Laborales:
- Registro del pago de la décimo tercera remuneración: Los empleadores deben efectuar la inscripción del pago correspondiente a la décimo tercera remuneración del ejercicio 2024 utilizando la plataforma de salarios en línea proporcionada por el Ministerio del Trabajo (MDT), en relación con sus empleados que mantengan una relación laboral. La fecha de registro se debe realizar según el noveno dígito del RUC o cédula de ciudadanía como sigue: Novenos dígitos: 1, 2, 3, 4 o 5 entre el 5 de enero hasta el 5 de febrero. Novenos dígitos: 6, 7, 8, 9 y 0 entre el 6 de febrero hasta el 6 de marzo.
Nota: El presente boletín es “informativo”, por lo que no es, ni podrá, ser usado como asesoría, consultoría u opinión legal. Si requieres la asesoría de BPONE THE BEST PROFESSIONAL OUTSOURCING, comunícate con nosotros al correo electrónico: info@bp-one.com o escríbenos al WhatsApp: +593 99 648 9282
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