loader image

Ecuador: Obligaciones de las Sociedades Especializadas de Depósitos y Pagos Electrónicos (SEDPES)

 

Mediante la Resolución NAC-DGERCGC24-00000042, emitida el 19 de diciembre de 2024, el Servicio de Rentas Internas (SRI) estableció las obligaciones de las Sociedades Especializadas de Depósitos y Pagos Electrónicos (SEDPES) de reportar el anexo de Reporte de Operaciones y Transacciones Económicas Financieras (ROTEF) y reformara la Resolución NAC-DGERCGC12-00101.

 

¿Cuál es la obligación de las SEDPES?

Se incluye a las SEDPES como entidades obligadas a reportar el ROTEF, conforme las siguientes especificaciones:

 

  • Transacciones de cuentas de ahorros, corrientes y básicas, así como productos financieros, cuyo monto individual sea igual o superior a USD 5.000.
  • ·Operaciones y transacciones relacionadas con inversiones, cuando la suma de inversiones activas sea igual o superior a USD 5.000.

 

Asimismo, estas entidades están sujetas a los lineamientos de supervisión y control definidos por las autoridades competentes, con el objetivo de asegurar el cumplimiento normativo y promover la transparencia en sus operaciones.

 

¿Cuál es el cronograma de presentación del ROTEF?

 

El vencimiento de la prestación del Reporte de Operaciones y Transacciones Económicas Financieras (ROTEF) para los años 2025 y 2026 será de acuerdo con el siguiente detalle:

 

SEDPES

 

A partir de abril de 2026, el anexo se presentará mensualmente, considerando el noveno dígito del RUC.

 

¿Cuáles son las recomendaciones para las entidades afectadas?

 

  • Verificar su inclusión en el listado de entidades obligadas.
  • Revisar y adaptar sus sistemas de reporte a los nuevos requerimientos técnicos.
  • Cumplir con los plazos establecidos para evitar sanciones.

 

Para descargar la Resolución completa, puede revisar el siguiente enlace: Resolución NAC-DGERCGC24-00000042

 

Escríbanos a info@bp-one.com para conocer más información y una gestión empresarial más eficiente.