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SRI Amplía Plazo para Declaraciones Tributarias: Resolución para Usuarios en Línea

Desafíos en la Declaración en Línea

Debido a problemas técnicos y alta demanda en el sitio web del SRI amplía el plazo para la declaración del Impuesto a la Renta. La Resolución No. NAC-DGERCGC23-00000008 brinda alivio a los contribuyentes, evitando multas e intereses.

Ampliando el Plazo para Mayor Comodidad. El SRI amplía el plazo para la declaración del Impuesto a la Renta

El SRI ha determinado que los contribuyentes bajo el Régimen General y cuyo noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC) sea 2 ó 3 tendrán la posibilidad de presentar sus declaraciones de Impuesto a la Renta y otras obligaciones con vencimiento en marzo de 2023 en las siguientes fechas:

  • Noveno Dígito del RUC: 2: El nuevo plazo de presentación es hasta el 10 de marzo de 2023.
  • Noveno Dígito del RUC: 3: Los contribuyentes con este dígito tendrán tiempo hasta el 15 de marzo de 2023.

Estas fechas extendidas permitirán a los contribuyentes abordar sus obligaciones tributarias de manera más eficiente y organizada.

Compromiso con los Contribuyentes. SRI amplía el plazo para la declaración del Impuesto a la Renta

La Resolución No. NAC-DGERCGC23-00000008 refleja el compromiso del SRI en facilitar el cumplimiento tributario. La extensión de plazo aborda desafíos técnicos y mejora la experiencia de los usuarios, demostrando el compromiso de la institución con la conveniencia de los contribuyentes.


RÉGIMEN GENERAL – PERSONAS NATURALES Y SOCIEDADES

SRI amplía el plazo para la declaración del Impuesto a la Renta

Así mismo, los contribuyentes que pertenecen al régimen RIMPE y cuyo noveno dígito del RUC es 1, 2, 5, 8 y 9 tendrán la oportunidad de presentar su declaración de Impuesto a la Renta y demás obligaciones con vencimiento en marzo de 2023, en las siguientes fechas:

RIMPE – PERSONAS NATURALES Y SOCIEDADES

SRI amplía el plazo para la declaración del Impuesto a la Renta

En el siguiente link podrá descargar dicha resolución: Resolución No. NAC-DGERCGC23-00000008

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Nota: El presente boletín es “informativo”, por lo que no es, ni podrá, ser usado como asesoría, consultoría u opinión legal. De tener alguna inquietud por favor escríbanos al correo kcardenas@bp-one.com