Entrega del Formulario 107 a empleados con relación de dependencia
Formulario 107: ¿puede entregarse por correo electrónico?
En Ecuador, el cumplimiento tributario de los empleadores incluye obligaciones formales que impactan directamente en los trabajadores, especialmente en lo relacionado con la entrega de información anual de ingresos y retenciones. Una de las disposiciones más relevantes en este ámbito se encuentra en el Artículo 50 de la Ley de Régimen Tributario Interno (LRTI), que establece el deber de entregar el comprobante de retención en casos de relación de dependencia.
¿Qué dispone el Art. 50 sobre la entrega anual al trabajador?
Conforme a la normativa, cuando se trata de retenciones por ingresos del trabajo en relación de dependencia, el comprobante de retención debe ser entregado dentro del mes de enero de cada año, respecto de las rentas generadas en el período fiscal anterior. En la práctica, esta obligación se materializa mediante el Formulario 107, documento que resume los valores pagados al trabajador, las retenciones efectuadas y la información necesaria para sustentar su declaración o respaldo tributario.
¿Existe una obligación sobre el medio de entrega del Formulario 107?
Si bien el Art. 50 determina el plazo, no establece un medio específico de entrega. En este contexto, el Servicio de Rentas Internas (SRI) ha señalado, a través de una respuesta no vinculante, que no existe una directriz obligatoria respecto a si la entrega debe realizarse de manera física o digital. Por ello, se considera válido remitir el Formulario 107 por correo electrónico, siempre que el empleador adopte medidas razonables para garantizar que el trabajador reciba la información.
¿Qué debe asegurar el empleador para respaldar la entrega digital?
El criterio del SRI enfatiza que, al optar por el envío electrónico, el empleador debe:
- Asegurar la recepción efectiva por parte del trabajador.
- Conservar respaldo de la entrega (por ejemplo: confirmación de envío, acuse de recibo, registro interno o evidencia de recepción).
- Mantener consistencia documental frente a procesos de auditoría o verificación.
¿Cómo se complementa esta obligación con el Anexo RDEP?
Adicionalmente, el cumplimiento no se limita a la entrega del Formulario 107. El empleador también debe cumplir con la presentación del Anexo RDEP, que contiene el detalle de las remuneraciones y retenciones reportadas al SRI.
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