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Ministerio del Trabajo regula horarios especiales

 

¿Qué establece el nuevo Acuerdo Ministerial MDT-2026-046?

Mediante el Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2026-046, emitido el 18 de febrero de 2026, el Ministerio del Trabajo expidió la regulación al procedimiento de autorización de turnos y horarios especiales de trabajo en el Ecuador; así como, la distribución de la jornada semanal laboral; y, los acuerdos para la distribución de la jornada laboral eficiente para el desarrollo.

 

¿Qué son los turnos y horarios especiales que ahora requieren autorización?

El acuerdo define como turnos especiales aquellas modalidades en las que las actividades laborales no pueden interrumpirse por razones técnicas, operativas o de interés público. Estos incluyen casos como:

  • Jornadas de más de cinco días consecutivos con descansos acumulados.
  • Jornadas de menos de cinco días consecutivos con descansos inferiores a dos días.

 

Asimismo, se consideran horarios especiales los esquemas rotativos, ya sean diurnos, nocturnos o mixtos, incluyendo jornadas continuas o discontinuas. Todos ellos requieren autorización del Ministerio del Trabajo, salvo aquellos que se ajusten a la jornada regular sin rotatividad y que cuenten con acuerdo entre empleador y trabajador.

 

¿Cómo se busca incentivar el empleo joven mediante esta normativa?

Uno de los puntos del acuerdo es la prioridad otorgada a la contratación de jóvenes entre 18 y 29 años en los casos donde se implementen turnos u horarios especiales que generen nuevas plazas de trabajo. Las empresas deberán realizar estas contrataciones exclusivamente a través de la plataforma gubernamental “Encuentra Empleo”.

El Ministerio del Trabajo otorgará trámite preferente a las solicitudes de autorización que demuestren que al menos el 15% de su nómina corresponde a trabajadores jóvenes. Con esto, se busca aprovechar la “ventana de oportunidades demográfica” antes de 2030 y fomentar el desarrollo de capacidades laborales en este grupo etario.

 

¿Cuál es el procedimiento para obtener la autorización del Ministerio del Trabajo?

El acuerdo detalla el siguiente procedimiento obligatorio para las empresas:

  1. Presentar una petición formal debidamente motivada ante la Dirección Regional de Trabajo.
  2. Adjuntar consentimientos individuales o colectivos de los trabajadores involucrados.
  3. Incluir documentos habilitantes como RUC, identificación del representante y certificaciones de cumplimiento con la seguridad social.
  4. Acreditar, cuando corresponda, nuevas contrataciones en la plataforma “Encuentra Empleo”.

La autoridad laboral contará con 10 días para emitir una resolución. Si no hay respuesta en ese plazo, la solicitud se considera aprobada automáticamente.

 

¿Qué cambios introduce la jornada laboral eficiente para el desarrollo?

El acuerdo permite redistribuir las 40 horas semanales en jornadas dinámicas de hasta 10 horas diariassiempre dentro de cinco días por semana. Esta modalidad busca mejorar la conciliación entre vida laboral y personal, reducir tiempos de traslado, incentivar la empleabilidad femenina y disminuir brechas de género. Además, las empresas pueden implementar sistemas de cómputo de horas trabajadas para administrar compensaciones, siempre con mutuo consentimiento y sin vulnerar derechos laborales.

 

¿Cuándo entra en vigencia y a quiénes afecta?

El Acuerdo Ministerial MDT-2026-046 entró en vigencia desde su suscripción y aplica a todos los empleadores sujetos al Código del Trabajo. Deroga el acuerdo de 2018 que regulaba anteriormente los horarios especiales y establece obligaciones transitorias, como la formalización de contrataciones realizadas previamente para estos turnos.

Descargue el documento completo en el siguiente enlace: Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2026-046.

 

 

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