Obligaciones Societarias, Tributarias y Laborales Marzo 2025
Les recordamos las obligaciones que se deben cumplir en Ecuador en marzo 2025:
Obligaciones Societarias:
- Celebración de la Junta General Ordinaria: De acuerdo con la Ley de Compañías, las compañías ecuatorianas deberán realizar su Junta General Ordinaria, al menos una (1) vez al año, dentro de los tres (3) meses posteriores a la finalización del ejercicio económico de la compañía; esto es, hasta el 31 de marzo de cada año, donde entre varios aspectos deberán aprobar los estados financieros del ejercicio 2024 para su posterior presentación ante la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (SCVS) en el mes de abril con la demás información requerida por dicho organismo.
Obligaciones Tributarias:
- Contribución Temporal de Seguridad (CTS): Con el fin de proveer recursos al Estado para enfrentar el Conflicto Armado interno se estableció la contribución temporal de seguridad aplicable a sociedades y establecimientos permanentes de aplicación obligatoria para medianas y grandes empresas categorizadas así: Medianas empresas que tengan entre 50 a 199 colaboradores y su valor bruto en ventas sea de USD 1,000,001 hasta USD 5,000,000. Grandes empresas que tengan más de 200 colaboradores y su valor bruto en ventas sea más de USD 5,000,000. La tarifa es del 3.25% sobre las utilidades gravadas del ejercicio fiscal 2022. La declaración y pago debe realizarse antes del 31 de marzo del 2025.
- Presentación de la declaración del impuesto a la renta: Las personas naturales, sucesiones indivisas y personas naturales bajo el Régimen RIMPE Emprendedores, deberán presentar al Servicio de Rentas Internas (SRI) la declaración anual del impuesto a la renta correspondiente al ejercicio fiscal 2024 en las fechas establecidas según el noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC).
- Presentación de la declaración de regalías sobre la actividad minera: Los titulares o poseedores de derechos mineros, deben presentar al SRI por medio del formulario 113 en las fechas establecidas según el noveno dígito del RUC, la declaración correspondiente sobre las regalías generadas por la actividad minera durante el segundo semestre del año 2024 (julio a diciembre).
- Presentación del «Anexo Minero»: 1) Los sujetos pasivos establecidos en el artículo 2 de la resolución NAC-DGERCGC25-00000004, deberán presentar una copia notarizada de los contratos de operación, de mandato y de venta de mineral aplicables para los periodos fiscales 2022, 2023 y 2024 a través del portal del SRI en línea www.sri.gob.ec, sección tramites y notificaciones ingresos de trámites y anexos virtuales hasta el 31 de marzo del 2025. 2) Los sujetos obligados a la presentación del Anexo Minero deberán reportar la información del I y II semestre de los ejercicios fiscales 2022, 2023 y 2024 hasta el 31 de diciembre del 2025.
- Patentes de Conservación para Concesión Minera: Los concesionarios mineros autorizados por la Agencia de Regulación y Control Minero (ARCOM) deben realizar una declaración por cada concesión de la que es titular, hasta el 31 de marzo de cada año, mediante el Formulario 117. Las actividades de minería artesanal no están sujetas al pago de patentes mineras y de acuerdo a la misma normativa, el primer pago del valor de la patente de conservación deberá efectuarse dentro del término de treinta días, contados a partir de la fecha del otorgamiento del título minero.
- Pago del impuesto predial urbano: Hasta el 15 de marzo, aquellos contribuyentes que deseen beneficiarse con un descuento del 6% deben pagar el impuesto predial urbano del año 2025 en la municipalidad correspondiente al emplazamiento del bien.
- Pago impuesto predial rural: Del 16 al 31 de marzo, aquellos contribuyentes que busquen beneficiarse con un descuento del 5% deben realizar el pago del impuesto predial rural del año 2025 en la municipalidad correspondiente al lugar de ubicación del bien.
- Pago del impuesto sobre el capital de operación ante la Junta de Beneficencia de Guayaquil: Hasta el 31 de marzo, las personas dedicadas a actividades productivas en la provincia del Guayas, y que estén registradas en alguna de las cámaras de la producción, tienen la obligación de abonar el impuesto anual sobre el capital de operación ante la Honorable Junta de Beneficencia de Guayaquil.
- Pago instituciones financieras: Quienes posean vehículos de uso particular con el último dígito de la placa igual a 2, deberán efectuar el pago del Impuesto a los Vehículos Autorizados (IVM) en cualquiera de las entidades financieras autorizadas por el Servicio de Rentas Internas (SRI).
- Calendario tributario: Los contribuyentes especiales deberán presentar sus declaraciones tributarias hasta el 11 de marzo del 2025. Si el día de la declaración vence en fin de semana o feriado, la declaración se podrá realizar el siguiente día hábil, siempre que se mantenga dentro del mismo mes, caso contrario la fecha de vencimiento deberá adelantarse al último día hábil del mes de vencimiento. El calendario tributario para las declaraciones de impuestos de este mes es como sigue:
Obligaciones Laborales:
- Registro en línea del pago de la decimotercera remuneración ante el Ministerio de Trabajo: Hasta el 6 de marzo, los empleadores con noveno dígito del RUC o cédula de ciudadanía 6, 7, 8, 9 y 0 deben realizar el registro del pago de la decimotercera remuneración ante el Ministerio de Trabajo (MDT) para los trabajadores en relación de dependencia que desempeñan sus funciones en las regiones Costa e Insular.
- Pago de la decimocuarta remuneración: Hasta el 15 de marzo, los trabajadores de las regiones costa e insular tienen derecho a recibir una bonificación equivalente a una (1) remuneración básica mínima unificada para los trabajadores en general equivalente a USD 470 de acuerdo al tiempo trabajado.
- Registro en línea del pago de la decimocuarta remuneración ante el Ministerio de Trabajo: Desde el 20 de marzo hasta el 20 de abril, los empleadores con noveno dígito del RUC o cédula de ciudadanía 1, 2, 3, 4, 5 deben realizar el registro del pago de la decimocuarta remuneración ante el Ministerio de Trabajo (MDT) para los trabajadores en relación de dependencia que desempeñan sus funciones en las regiones Costa e Insular.
- Cálculo de liquidación de utilidades: Hasta el 31 de marzo, los empleadores deberán calcular el valor que será repartido por concepto de utilidades a cada uno de sus trabajadores correspondientes al ejercicio económico 2024, tomando en cuenta sus cargas familiares. Estas deberán ser pagadas hasta el 15 de abril (dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de liquidación de utilidades).
- Acreditación de cargas familiares: Hasta el 31 de marzo, los trabajadores y extrabajadores brindaron sus servicios durante periodo económico 2024 deberán acreditar ante sus empleadores, las cargas familiares, entendiéndose por éstas al cónyuge o conviviente en unión de hecho legalmente reconocida, los hijos menores de 18 años y los hijos con discapacidad de cualquier edad, para la distribución del 5% de la participación en utilidades.
- Compensación económica por el salario digno: Los trabajadores en relación de dependencia que percibieron ingresos mensuales inferiores al salario digno durante el ejercicio económico 2024 deberán recibir su compensación económica por el salario digno hasta el 31 de marzo.
Nota: Este boletín tiene un propósito exclusivamente informativo y no constituye asesoría, consultoría ni opinión legal. Si necesitas asesoría especializada, el equipo de BPONE THE BEST PROFESSIONAL OUTSOURCING está a tu disposición. Contáctanos a través del correo electrónico kcardenas@bp-one.com o envíanos un mensaje por WhatsApp: +593 99 648 9282. Estaremos encantados de ayudarte.
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