El 11 de mayo de 2023, el Ejecutivo presentó ante la Asamblea Nacional el Proyecto de «Ley Orgánica para el Fortalecimiento de la Economía Familiar», el cual propone una serie de reformas tributarias con el objetivo de impulsar y fortalecer la economía de las familias. A continuación, se presentan los principales cambios que se proponen en este proyecto de ley.
Rebaja del Impuesto a la Renta causado por gastos personales de personas naturales:
Se propone un nuevo cálculo para la aplicación de la rebaja del Impuesto a la Renta causado por gastos personales. La rebaja dependerá del número de cargas familiares que tenga el contribuyente y no de su nivel de ingresos como se establecía anteriormente.
Para personas naturales sin cargas familiares:
La rebaja por gastos personales será equivalente al 18% del menor valor entre los gastos personales declarados en el respectivo ejercicio fiscal y el valor de la canasta familiar básica multiplicado por 7.
Para personas naturales con cargas familiares:
La rebaja por gastos personales será equivalente al 18% del menor valor entre los gastos personales declarados en el respectivo ejercicio fiscal y el valor de la canasta familiar básica multiplicado por el valor que corresponda según el número de cargas familiares.
Modificación de la tabla del Impuesto a la Renta de Personas Naturales:
Se propone modificar la tabla progresiva de la tarifa del Impuesto a la Renta para personas naturales, ajustando los tramos y porcentajes de manera que se adecuen a la realidad económica actual.
Creación de Impuesto a los Operadores de Pronóstico Deportivos:
Se plantea la creación de un Impuesto a los Operadores de Pronósticos Deportivos, el cual será aplicable a partir del año 2024. Este impuesto consistirá en un porcentaje del 15% sobre los ingresos percibidos por los operadores de pronósticos deportivos realizados a través de internet u otros medios.
Impuesto al Valor Agregado sobre los servicios:
Se propone gravar los espectáculos públicos con una tarifa del 12% de Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Régimen Simplificado para Emprendedores y Negocios Populares (RIMPE):
Se plantea una serie de modificaciones al Régimen Simplificado para Emprendedores y Negocios Populares (RIMPE). Entre los cambios propuestos se encuentran:
- Especificación de actividades excluyentes del Régimen RIMPE, como los servicios profesionales realizados por personas naturales y personas jurídicas, los comisionistas, el arrendamiento de bienes muebles e inmuebles, la producción, importación y/o primera etapa de comercialización de bienes o la prestación de servicios gravados con el Impuesto a los consumos especiales (ICE), y se excluye a los taxis.
- Exclusión de los artesanos del Régimen RIMPE.
- Establecimiento de obligaciones contables para los contribuyentes
La mencionada ley la puede descargar en el siguiente link:
Ley Orgánica para el fortalecimiento de la economía familiar
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Nota:
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