Ministerio del Trabajo expide nueva normativa para regular jornadas laborales
¿Qué motivó la creación de esta nueva normativa laboral?
Mediante el Acuerdo Ministerial MDT-2026-059, emitido el 27 de febrero de 2026, el Ministerio de Trabajo estableció un nuevo marco regulatorio que redefine el procedimiento para la autorización de turnos especiales y la distribución de la jornada laboral. Según el gobierno, esta reforma busca atender las dinámicas actuales del mercado de trabajo, garantizar condiciones dignas para los trabajadores y promover oportunidades para jóvenes y mujeres.
La decisión se sustenta en diversos artículos de la Constitución, el Código del Trabajo y leyes vigentes. Entre los principales motivos se encuentran:
- La necesidad de actualizar las reglas para horarios especiales, considerando que ciertas industrias no pueden detener operaciones sin afectar el interés público o el funcionamiento técnico.
- La implementación de la Ley Orgánica para Impulsar la Economía Violeta, que exige facilitar la distribución irregular de la jornada semanal sin superar 40 horas.
- El cierre progresivo del bono demográfico hacia 2030, lo que obliga a generar incentivos para la contratación juvenil.
- La importancia de fomentar empleos.
¿Qué son los turnos y horarios especiales según el nuevo acuerdo?
El acuerdo define como turnos especiales aquellos que:
- Exceden cinco días consecutivos de trabajo, compensados con días adicionales de descanso.
- Comprenden menos de cinco días consecutivos, pero con descansos inferiores a dos días.
Asimismo, considera horarios especiales los turnos rotativos diurnos, nocturnos o mixtos, realizados en jornadas continuas o discontinuas. Estos modelos sí requieren autorización del Ministerio del Trabajo. En cambio, otros esquemas, como reemplazar sábado y domingo por dos días consecutivos distintos, solo requieren consentimiento escrito entre las partes y su registro en la plataforma del Ministerio.
¿Qué requisitos deberán cumplir los empleadores para solicitar autorizaciones?
El procedimiento exige presentar:
- Petición formal dirigida a la Dirección Regional correspondiente.
- Consentimiento de los trabajadores involucrados.
- Documentos legales del empleador (RUC, identificación o representación legal).
- Certificado de cumplimiento de obligaciones con el IESS.
- Evidencia de contratación juvenil a través de la plataforma Encuentra Empleo, cuando aplique.
El Ministerio tendrá un plazo de 10 días para aprobar o negar la solicitud. Si no existe pronunciamiento en ese tiempo, se entiende concedida.
¿Cómo funcionará la “jornada laboral eficiente para el desarrollo”?
La normativa permite que empleadores y trabajadores acuerden distribuir las 40 horas semanales en jornadas de hasta 10 horas diarias, ajustadas de manera dinámica dentro de cinco días. Esto puede aplicarse en modalidad presencial, virtual o mixta. Esta jornada podrá combinarse con turnos especiales ya autorizados, siempre sin superar los límites legales o los recargos previstos.
¿Qué controles y disposiciones adicionales contempla el acuerdo?
Entre los puntos destacados:
- Se mantendrán vigentes los horarios especiales previamente autorizados.
- Los tecnólogos médicos radiólogos tendrán jornadas específicas por exposición a radiación.
- Se regula el tiempo máximo de trabajo para conductores, que no podrán exceder 12 horas.
- La Dirección de Control elaborará informes semestrales sobre inspecciones y nuevas plazas creadas.
- Las empresas que ya contrataron jóvenes para turnos especiales antes de la vigencia del acuerdo deberán formalizar estos procesos en 30 días.
- Se derogan las normas anteriores (Acuerdo Ministerial MDT-2018-0219 y su reforma).
Descargue el documento completo en el siguiente enlace: Acuerdo Ministerial MDT-2026-059
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