Obligaciones Societarias, Tributarias y Laborales Septiembre 2026
Les recordamos las principales obligaciones societarias, tributarias y laborales que deben considerar las empresas y contribuyentes durante septiembre de 2026:
Obligaciones societarias
- Pago de la Contribución Anual a la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (SCVS): Hasta el 30 de septiembre del 2026, las compañías nacionales, las sucursales de compañías extranjeras y otras entidades sujetas a la vigilancia y control de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (SCVS), deberán depositar en los bancos autorizados el valor correspondiente a la contribución anual. Las compañías que hasta el 30 de septiembre del 2026 hayan pagado al menos el 50% de la contribución que les corresponde, tendrán derecho a cancelar el otro 50%, hasta el 31 de diciembre del 2026, sin lugar a recargo ni penalidad alguna y sin necesidad de realizar trámite alguno. Las contribuciones se depositarán hasta el 30 de septiembre de 2026 en la Cuenta de Recaudaciones, denominada “Superintendencia de Compañías” en el Banco autorizado.
- Contratación de auditores externos: El plazo para la contratación de auditores externos vence el 30 de septiembre de 2026. Están obligadas a esta auditoría las sucursales de compañías extranjeras, compañías de economía mixta, compañías anónimas o de responsabilidad limitada con participación pública, sociedades del sector social de la economía, entidades sin fines de lucro y S.A.S. con participación pública que tengan activos iguales o superiores a USD 100,000; así como las compañías nacionales sujetas al control de la SCVS (anónimas, de responsabilidad limitada, comandita por acciones, S.A.S. privadas) y sociedades de interés público con activos iguales o superiores a USD 500,000.
Obligaciones tributarias
- Declaración y pago de regalías a la actividad minera: Los titulares de derechos mineros deberán efectuar la declaración y pago de las regalías a la actividad minera correspondientes al primer semestre de 2026, de acuerdo con el noveno dígito del RUC. La obligación corresponde a las ventas o producción del mineral y se presenta mediante el formulario establecido por el Servicio de Rentas Internas (SRI). Para este concepto, septiembre corresponde al período de declaración de la información de enero a junio.
- Actualización de la proyección de gastos personales 2026: Los trabajadores en relación de dependencia que hayan presentado una proyección de gastos personales y posteriormente hayan experimentado cambios en sus ingresos, gastos proyectados o cargas familiares, pueden presentar una nueva proyección a su empleador durante septiembre de 2026. La actualización permite que el empleador realice la reliquidación de las futuras retenciones del Impuesto a la Renta correspondientes al ejercicio fiscal 2026. No todos los trabajadores están obligados a actualizarla; corresponde hacerlo cuando exista una modificación respecto de la información inicialmente presentada. Entre los rubros que pueden considerarse se encuentran, conforme a las condiciones establecidas por la normativa, vivienda, alimentación, salud, educación, vestimenta, turismo nacional, arte y cultura, además de determinados gastos relacionados con mascotas y otros conceptos contemplados para 2026.
- Actualización de proyección de gastos personales: Los contribuyentes que presenten modificaciones en alguno de los siguientes aspectos: ingresos proyectados, número de cargas familiares, valor estimado de los gastos personales o cualquier otra circunstancia que pueda incidir en el cálculo del impuesto, deberán presentar en el mes de septiembre la actualización correspondiente a su empleador, a fin de que se efectúen los ajustes necesarios en las retenciones futuras.
- Pago del Impuesto a la Propiedad de Vehículos Motorizados: Durante septiembre corresponde el pago del Impuesto a la Propiedad de Vehículos Motorizados para los vehículos de uso particular cuya placa termine en 8, de acuerdo con el calendario establecido para la matriculación vehicular. El SRI establece que el pago debe efectuarse hasta el último día hábil del mes correspondiente.
- Calendario tributario: Los contribuyentes especiales deberán presentar sus declaraciones tributarias hasta el 11 de septiembre del 2026. Si el día de la declaración vence en fin de semana o feriado, la declaración se podrá realizar el siguiente día hábil, siempre que se mantenga dentro del mismo mes, caso contrario la fecha de vencimiento deberá adelantarse al último día hábil del mes de vencimiento. El calendario tributario para las declaraciones de impuestos de este mes es como sigue:
Obligaciones laborales
- Registro del pago de la decimocuarta remuneración (Sierra y Amazonía): Los empleadores de acuerdo al noveno dígito del RUC, deberán registrar ante el Ministerio de Trabajo (MDT) el pago de la decimocuarta remuneración a los trabajadores en relación de dependencia que prestan sus servicios en las regiones Sierra y Amazonía, de acuerdo al siguiente calendario:
- Actualización de información laboral y obligaciones pendientes: Las empresas deben mantener actualizada la información relacionada con sus trabajadores y verificar el cumplimiento de las obligaciones laborales y registros exigidos por el Ministerio del Trabajo, considerando los plazos específicos aplicables a cada obligación.
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