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Plazo para contratar auditor externo vence el 30 de septiembre de 2026

 

¿Su empresa cumple con los plazos de la SCVS para la contratación de auditoría externa?

Se acerca el vencimiento del plazo para la contratación de auditores externos correspondiente al ejercicio económico 2026. Las compañías obligadas bajo el control de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (SCVS) deben revisar oportunamente el cumplimiento de esta obligación y realizar las gestiones necesarias antes de la fecha límite.

De acuerdo con la normativa vigente, las compañías obligadas deben:

  • Contratar al auditor externo hasta 90 días antes de la fecha de cierre del ejercicio económico. Para las compañías cuyo ejercicio económico finaliza el 31 de diciembre de 2026, la fecha límite de contratación es el 30 de septiembre de 2026.
  • Informar a la SCVS dentro de los 30 días siguientes a la fecha de contratación, indicando el nombre, razón social o denominación de la persona natural o jurídica contratada.
  • Seleccionar al auditor externo de entre las personas naturales o jurídicas calificadas y registradas por la SCVS, conforme a la normativa aplicable.

 

El incumplimiento de esta obligación puede generar consecuencias administrativas y sanciones. Por ello, es importante que las compañías verifiquen con anticipación si se encuentran dentro de los sujetos obligados y que formalicen la contratación del auditor externo dentro del plazo establecido.

 

¿Quiénes están obligados a contratar auditoría externa en Ecuador?

La normativa de la SCVS establece los sujetos obligados a someter sus estados financieros anuales al dictamen de auditoría externa. Desde el ejercicio económico 2025, los umbrales de activos fueron actualizados y expresados en Salarios Básicos Unificados (SBU), mediante la Resolución No. SCVS-INC-DNCDN-2025-0005.

 

Con activos superiores a 273 SBU

Para el ejercicio económico 2026, considerando el SBU vigente de USD 482, este umbral equivale a USD 131.586.

  • Compañías nacionales de economía mixta.
  • Compañías anónimas y sociedades por acciones simplificadas (S.A.S.) con participación de personas jurídicas de derecho público o de derecho privado con finalidad social o pública.
  • Sucursales de compañías o empresas extranjeras organizadas como personas jurídicas establecidas en Ecuador.

 

Con activos superiores a 1.366 SBU

Para el ejercicio económico 2026, este umbral equivale a USD 658.412.

  • Compañías nacionales anónimas.
  • Compañías de responsabilidad limitada.
  • Compañías en comandita por acciones.
  • Sociedades por acciones simplificadas (S.A.S.).

 

Compañías obligadas a presentar balances consolidados

Las compañías sujetas al control y vigilancia de la SCVS que estén obligadas a presentar balances consolidados deberán someter sus estados financieros a auditoría externa, sin que resulte aplicable un límite de activos para determinar esta obligación.

Importante: Para determinar si una compañía supera los umbrales establecidos, se considera el activo total que consta en el estado de situación financiera presentado a la SCVS correspondiente al ejercicio económico anterior. Además, los valores expresados en SBU se ajustan anualmente de acuerdo con el salario básico unificado vigente.

 

¿La SCVS puede disponer una auditoría externa, aunque la empresa no supere los límites?

Sí. La Ley de Compañías contempla la posibilidad de que la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros disponga excepcionalmente que una compañía someta sus estados financieros a auditoría externa cuando existan dudas fundadas sobre su realidad financiera.

 

¿Qué requisitos debe cumplir el auditor externo?

  • Las personas naturales o jurídicas que ejerzan actividades de auditoría externa deben encontrarse calificadas y registradas ante la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros.
  • La SCVS mantiene un Registro Nacional de Auditores Externos, que permite verificar los profesionales y firmas habilitados. El registro oficial se encuentra actualizado a septiembre de 2026.
  • Además, la normativa contempla requisitos relacionados con la independencia del auditor, buscando evitar conflictos de interés y preservar la objetividad en el trabajo de auditoría. La regulación también contempla disposiciones sobre la permanencia y rotación de los auditores.

 

Auditoría externa y prevención de lavado de activos

La auditoría externa también se relaciona con el cumplimiento de obligaciones de prevención de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y otros delitos para los sujetos que se encuentran dentro del ámbito de aplicación de la normativa correspondiente.

La Resolución No. SCVS-INC-DNCDN-2023-0002 establece obligaciones relacionadas con la revisión y evaluación del Sistema de Prevención y Administración del Riesgo de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Otros Delitos (SPARLAFTD) para los sujetos obligados que, por sus activos, deban someterse a auditoría externa.

Asimismo, la Resolución No. SCVS-INC-DNCDN-2024-0005 incorpora disposiciones relacionadas con el trabajo de auditoría externa y el cumplimiento de las obligaciones establecidas por la normativa de prevención de lavado de activos.

¿Qué debe hacer su empresa antes del 30 de septiembre de 2026?

Si su compañía tiene cierre de ejercicio al 31 de diciembre, recomendamos verificar con anticipación los siguientes aspectos:

  1. Verifique la obligación: Determine si su compañía se encuentra dentro de los sujetos obligados conforme a los nuevos umbrales establecidos en SBU.
  2. Revise sus activos: Considere el activo total reportado a la SCVS correspondiente al ejercicio económico anterior.
  3. Seleccione un auditor habilitado: Verifique que la persona natural o jurídica se encuentre calificada y registrada ante la SCVS.
  4. Formalice la contratación: Suscriba el contrato de auditoría externa hasta el 30 de septiembre de 2026, cuando el cierre del ejercicio sea el 31 de diciembre.
  5. Notifique a la SCVS: Informe la contratación a la Superintendencia dentro de los 30 días siguientes a la fecha de contratación, conforme al artículo 321 de la Ley de Compañías.

¿Por qué es importante anticiparse?

La contratación oportuna del auditor externo permite planificar adecuadamente el proceso de revisión de los estados financieros, atender requerimientos de información y reducir el riesgo de incumplimientos frente al organismo de control.

La Ley de Compañías establece que los administradores deben poner a disposición de los auditores externos los estados financieros y la información requerida con la anticipación necesaria para la elaboración de su informe.

Aspectos recientes en la regulación

La SCVS amplió el alcance de la auditoría externa incorporando lineamientos de cumplimiento normativo. La Resolución SCVS-INC-DNCDN-2024-0005, emitida en marzo de 2024, obliga a los auditores a incluir en sus informes una evaluación sobre la prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo.

Descargue los documentos vigentes con relación al tema en los siguientes enlaces:

 

 

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