Suspensión de la jornada laboral el 17 de abril
¿Por qué se suspende la jornada laboral?
Mediante el Decreto Ejecutivo No. 598, emitido el 11 de abril de 2025, el Presidente de la República del Ecuador ha dispuesto la suspensión de la jornada laboral para el próximo jueves 17 de abril de 2025, tanto en el sector público como en el privado. Esta medida se enmarca dentro de la planificación de los feriados por Semana Santa, una de las celebraciones religiosas más importantes del país. Según el documento firmado por el presidente, se busca facilitar el desplazamiento de los ciudadanos, fomentar la actividad turística y permitir que las familias compartan este tiempo de descanso.
¿A quiénes aplica esta medida?
El decreto es de aplicación obligatoria para todas las entidades del sector público, y, en el caso del sector privado, se deja a criterio de los empleadores establecer la forma de recuperación de la jornada suspendida. Esto abre la posibilidad de acuerdos flexibles entre empleadores y trabajadores, respetando siempre los derechos laborales vigentes.
¿Qué excepciones existen?
Se exceptúan de esta disposición los sectores que, por la naturaleza de sus servicios, no pueden interrumpir sus actividades. Esto incluye áreas como la salud, seguridad, servicios de emergencia, aeropuertos, transporte público, entre otros. Estas entidades deberán continuar operando normalmente para garantizar la atención a la ciudadanía.
¿Cómo se recuperarán las horas de trabajo?
Para el sector público, la recuperación de las ocho horas correspondientes al jueves 17 de abril se realizará conforme a la modalidad que establezca la Máxima Autoridad de cada entidad. En el sector privado, como mencionamos, la fórmula de recuperación queda bajo acuerdo entre las partes. Esta decisión, según el Ejecutivo, se enmarca en el interés de promover el bienestar ciudadano, el turismo interno y la reactivación económica en varias regiones del país, aprovechando los días de descanso por Semana Santa.
Descargue el documento completo en el siguiente enlace: Decreto Ejecutivo No. 598
Nota: Este boletín tiene un propósito exclusivamente informativo y no constituye asesoría, consultoría ni opinión legal. Si necesitas asesoría especializada, el equipo de BPONE THE BEST PROFESSIONAL OUTSOURCING está a tu disposición. Contáctanos a través del correo electrónico kcardenas@bp-one.com o envíanos un mensaje por WhatsApp: +593 99 648 9282. Estaremos encantados de ayudarte.
Comentarios recientes