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Superintendencia de Compañías fija contribución anual para 2025 con incentivos para PYMES

 

SCVS establece contribución 2025 con beneficios para PYMES

La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (SCVS) emitió la Resolución No. SCVS-INAF-DNF-2025-0006, publicada en el Registro Oficial el 26 de febrero de 2025. Mediante esta resolución, se establece la contribución anual que deben pagar las compañías sujetas a su control, con un esquema que busca facilitar el cumplimiento tributario y otorgar incentivos a las pequeñas y medianas empresas (PYMEs).

¿Cuánto deben pagar las empresas y quiénes están obligados?

Según la resolución, todas las empresas con activos reales superiores a USD 100.000 deberán pagar una contribución equivalente al 0,1% (uno por mil) de sus activos a la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros. No obstante, se ha establecido un incentivo especial para las PYMEs. Las compañías con activos menores a USD 100.000 no estarán obligadas a realizar este pago durante 2025. De esta manera, la SCVS busca aliviar la carga financiera de las empresas más pequeñas y fomentar su crecimiento.

¿Existen beneficios para empresas que cumplan con sus obligaciones?

Sí. La resolución establece que las compañías que presenten sus estados financieros dentro del plazo establecido en la Ley de Compañías serán beneficiadas con un cálculo especial de su contribución. Esto busca incentivar el cumplimiento oportuno de las obligaciones contables y tributarias. Asimismo, aquellas compañías cuyo capital social esté compuesto en un 50% o más por instituciones de derecho público o entidades privadas con finalidad social o pública, solo deberán pagar el 50% del monto de la contribución.

¿Cuál es el plazo para realizar el pago?

El plazo máximo para pagar esta contribución es el 30 de septiembre de 2025. Sin embargo, las empresas que lo soliciten podrán realizar un pago parcial del 50% antes de esa fecha y cancelar el saldo restante hasta el 31 de diciembre de 2025, sin recargos ni penalidades.

¿Qué ocurre con las empresas extranjeras?

Las empresas extranjeras, ya sean estatales, privadas o mixtas, también están sujetas a esta contribución. En su caso, el cálculo se realizará sobre los activos reales que tengan registrados o declarados en Ecuador, según los estados financieros que presenten ante la Superintendencia de Compañías.

Descargue el documento completo en el siguiente enlace: Resolución No.-SCVS-INAF-DNF-2025-0006

 

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